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Ciudad de México

Doble nacionalidad: las 32 legislaturas deben debatir la reforma antes de votarla

El Senado votó 86 a 42 por vetar la doble nacionalidad a aspirantes a la Presidencia y a las gubernaturas. Se pide a los 32 congresos locales una discusión real antes de ratificarla.

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Editorial Infox · 5 min de lectura
Congresos estatales ante la ratificación de la reforma que impide aspirar a gobernar México con doble nacionalidad

El Senado votó el 29 de septiembre, con 86 sufragios a favor y 42 en contra, una reforma constitucional que modifica los artículos 82, 116 y 122. Por el comunicado de la Cámara alta se sabe que el texto cierra el paso a la Presidencia, a las gubernaturas y a la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México a cualquier persona que posea otra nacionalidad. Las 32 legislaturas locales ya tienen la minuta, y para ratificarla alcanzan 17 aprobaciones.

Esta postura plantea que los congresos estatales no deberían tramitar como un mero formalismo una limitación de derechos políticos que afecta a mexicanos con raíces migrantes. El Constituyente Permanente está pensado para que cambiar la Constitución sea difícil. Cuando las legislaturas solo avalan lo que envía el Senado, esa protección deja de funcionar.

Ningún presidente puede tener dos banderas o dos pueblos, solamente la bandera de México y el pueblo de México

Lo que cambia y lo que ya existía

A finales de agosto, la presidenta Claudia Sheinbaum mandó la iniciativa. El Financiero informó que los diputados la avalaron el 22 de septiembre, con 344 votos en favor, 116 en contra y una abstención, y que el Senado hizo lo propio siete días después.

Los aspirantes a esos cargos tendrán que haber nacido mexicanos y carecer de otra nacionalidad. Quien la tenga debe renunciar a ella antes de pedir su registro. Ya en el cargo, tampoco podrá valerse de un pasaporte extranjero, ejercer derechos políticos en otro país ni recurrir a la protección diplomática de otro Estado.

La norma actual ya es exigente. Según el artículo 32 constitucional, los puestos que requieren la nacionalidad mexicana por nacimiento se reservan para quienes «no adquieran otra nacionalidad». El 82 establece para la Presidencia una residencia mínima de 20 años en el país, más todo el año anterior a los comicios. Para las gubernaturas, el 116 pide haber nacido en la entidad o contar con cinco años de residencia efectiva.

El nuevo texto cambia el punto de apoyo. Antes pesaba un acto de la persona, el de adquirir otra nacionalidad. Ahora cuenta lo que le tocó al nacer. Quedaría incluido, por ejemplo, alguien nacido en Estados Unidos de padres mexicanos que volvió al país de niño y desde entonces hizo aquí su vida adulta.

La reforma choca además con una determinación tomada hace casi tres décadas. En el Diario Oficial del 20 de marzo de 1997 se publicó el decreto que modificó los artículos 30, 32 y 37 y fijó que «ningún mexicano por nacimiento podrá ser privado de su nacionalidad». Desde entonces, quienes se habían marchado podían hacerse ciudadanos de otra nación y seguir siendo mexicanos. La reforma de 2026 no les quita la nacionalidad. Sin embargo, deja establecido para ellos y para sus hijos que tener ambas los descalifica para gobernar.

El mejor argumento del otro lado

El 26 de septiembre, en un acto en Sonora, Sheinbaum expuso su postura, de acuerdo con El Financiero: «Solo puede ser mexicano. Ningún presidente puede tener dos banderas o dos pueblos, solamente la bandera de México y el pueblo de México». Desde la tribuna, Óscar Cantón Zetina (Morena) se refirió a impedir «tentaciones, ambiciones y traiciones».

Ese temor tiene sustento. Si un jefe de Estado pudiera pedir amparo diplomático a otro país o viajar con su documento, tendría una verdadera dificultad al tratar con ese gobierno. Las prohibiciones vigentes mientras dura el mandato responden a ese riesgo y son defendibles.

Exigir la renuncia previa es otro asunto. Quien gobierna ya es vigilado en su lealtad por los requisitos de residencia y por el voto. Además, el trámite depende de la legislación del otro Estado, que fija plazos y condiciones fuera del control de México. Luis Donaldo Colosio Riojas (MC) advirtió que la reforma confunde ciudadanía con nacionalidad y que a esas personas «les estamos diciendo desde la Constitución Política que su nacionalidad de origen las hace sospechosas de deslealtad y que su grado de mexicanidad está en duda».

Un margen mínimo y ninguna reserva aceptada

La votación en el Senado sumó 128 sufragios. Las dos terceras partes que pide el artículo 135 equivalen a 86, si solo se considera presentes a quienes emitieron voto, y la reforma llegó exactamente a esa cifra.

Las reservas de Clemente Castañeda (MC), de Manlio Fabio Beltrones, sin grupo parlamentario, y de Maki Ortiz, senadora del Partido Verde, aliado de Morena, fueron rechazadas por el pleno. PAN, PRI y MC se pronunciaron en contra. Una restricción de derechos que se aprueba justo con el mínimo y sin acoger ninguna objeción, ni la de un aliado, traslada el debate pendiente a los congresos locales.

Las legislaturas no tienen plazo para pronunciarse, porque el artículo 135 no lo establece. Resolver en pocos días, por tanto, no responde a ningún calendario legal.

Lo que se pide

Antes de votar, cada congreso estatal debería enviar la minuta a comisiones y discutir un dictamen con fundamento, sin dispensar trámites. También debería convocar a audiencia pública a organizaciones de migrantes y de mexicanos retornados, además de a constitucionalistas, para tratar una cuestión precisa: si exigir la renuncia previa guarda proporción cuando ya rigen requisitos de residencia de cinco y de 20 años. La votación, se plantea, tendría que ser nominal, de modo que cada legisladora y legislador local rinda cuentas a sus electores, también a los que residen fuera del país.

Corresponde al Congreso de la Unión definir, mediante la legislación secundaria, cuándo una renuncia es válida y qué sucede si el otro país la niega o la demora más allá del registro. Si la reforma pasa esa revisión, quedará más legitimada; si no la pasa, conviene saberlo antes de que forme parte de la Constitución.

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