El Instituto Nacional Electoral (INE) puede mantener su Comisión de Verificación de Integridad en Candidaturas, que el 5 de octubre validó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). La comisión revisará, a petición de los partidos, a las personas que busquen un cargo en 2027 para saber si presentan un «riesgo razonable» de nexos con actividades delictivas. Al resolver la acción de inconstitucionalidad del PRI, el pleno la declaró infundada. Con ello queda en pie lo esencial del diseño: los partidos piden la revisión de manera voluntaria, el resultado se mantiene en reserva y ninguna persona queda impedida de registrarse. La decisión de postular a alguien señalado continúa en manos de cada partido.
Loretta Ortiz Ahlf, ministra ponente, argumentó que la verificación no vulnera el derecho a ser votado: ni agrega una exigencia para ser elegible ni condiciona que se registren candidaturas. Su propósito, dijo, es solo preventivo e informativo, de acuerdo con El Universal.
dotar de elementos a los partidos políticos y candidaturas independientes para una mejor toma de decisiones en relación con las postulaciones que hagan a algún cargo de elección popular
Cómo opera la comisión
El decreto que dio origen a la comisión reformó el numeral 2 del artículo 42 de la LGIPE, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, e incorporó un Título Segundo Bis al Libro Cuarto de esa ley. Salió publicado el 2 de junio en el Diario Oficial de la Federación. El artículo 200 Bis, nuevo, permite a partidos y a aspirantes a candidaturas independientes presentar al INE, previo al registro, relaciones completas o parciales de quienes quieren postular a puestos federales o locales.
La comisión canaliza los perfiles hacia dependencias de finanzas, justicia, inteligencia y seguridad. El decreto nombra, solo como ejemplo, a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), el Centro Nacional de Inteligencia (CNI) y la Fiscalía General de la República (FGR). Según el tercer transitorio, a esas instancias les toca definir su propio método y establecer el riesgo «a partir del análisis de la información indiciaria con la que cuenten para presumir que la persona evaluada está relacionada con actividades delictivas».
El artículo 200 Ter dispone que los partidos reciben de la comisión solo «el número y las instancias competentes» que detectaron un riesgo razonable, «sin señalar el asunto del que se derive el riesgo». Cuando una de esas autoridades encuentra datos relevantes, la ley le permite iniciar o seguir con las indagatorias que le competan.
La revisión no se circunscribe al crimen organizado. Así lo explicó Ortiz Ahlf en la sesión, de acuerdo con Grupo Animal: «No es nada más para restringirlo o limitarlo a los delitos de la delincuencia organizada, sino a todo tipo de delitos. O sea, no hay una restricción: puede ser robo, puede ser corrupción».
Proceso informó que desde el 7 de septiembre funciona la comisión, formada por los consejeros Norma de la Cruz Magaña, Arturo Chávez López y Uuc-kib Espadas Ancona. El Universal la ubica bajo la presidencia de Chávez. Por ley, los consejeros ocupan el cargo durante tres años, y la presidencia cambia de titular cada año. No se le asignaron recursos adicionales con la reforma; el cuarto transitorio dispone que el gasto se pague con el presupuesto que el INE ya tiene aprobado.
Los argumentos del PRI y la respuesta de la Corte
Alejandro Moreno encabeza al PRI, partido que impugnó la reforma. Alegó que el mecanismo atentaba contra la protección de datos personales, la privacidad, la presunción de inocencia y el derecho a ser votado, según Proceso, y contra la autonomía del INE, según El Universal.
Para la Corte, el procedimiento es voluntario y se realiza antes del registro; por eso su resultado ni se exige para obtener una candidatura ni produce inelegibilidad. Según Proceso, el tribunal sostuvo que un «riesgo razonable» no significa que la persona sea culpable, y que afectar datos personales se justifica porque la medida persigue un fin legítimo, resulta idónea y necesaria, y deja más beneficios de los que afecta. El tribunal consideró también que el INE no pierde autonomía por cooperar con las autoridades de seguridad y finanzas, ni invade las atribuciones de los organismos públicos locales electorales.
Hubo posturas matizadas dentro del pleno. Sara Irene Herrerías Guerra, ministra, opinó que el mecanismo limita el voto pasivo y propuso agregar al análisis más pasos del test de proporcionalidad. En sentido opuesto, el ministro Giovanni Figueroa Mejía afirmó que quienes aspiran pueden no participar sin ninguna consecuencia jurídica. Así lo recogen las crónicas de Proceso y Grupo Animal.
Las crónicas no coinciden en el conteo de votos. Proceso informó que la reforma se avaló por unanimidad. Grupo Animal comenzó su texto con una validación «por mayoría de votos»; ya en el cuerpo precisó que fueron unánimes los apartados de derechos político-electorales, datos personales, autonomía del INE y competencias estatales, y que varios integrantes del tribunal emitieron votos concurrentes.
Quién define las postulaciones
Según el párrafo cuarto del artículo 200 Bis, la palabra final es de los partidos: con la información que reciban de la comisión, «determinarán sobre la procedencia o no del registro de las personas evaluadas». El decreto no los obliga a mandar listas, exige confidencialidad a la comisión, no prevé publicar resultados y no establece sanciones para el partido que registre a una persona con alertas. La ley tampoco contempla cómo dar a conocer cuáles perfiles se revisaron o recibieron un aviso de riesgo.
Con estas palabras describió Ortiz Ahlf el propósito, según Grupo Animal: «dotar de elementos a los partidos políticos y candidaturas independientes para una mejor toma de decisiones en relación con las postulaciones que hagan a algún cargo de elección popular». De acuerdo con El Universal, los partidos pueden decidir libremente si entregan listas completas o parciales.
El 1 de octubre se registró en el proceso interno de Morena como aspirante a coordinar los comités de defensa del sexto distrito federal de Tabasco, anunció Andrés Manuel López Beltrán, hijo del expresidente Andrés Manuel López Obrador, según Infobae. Días antes, The New York Times había dado a conocer que dos agencias de seguridad estadounidenses revisan acusaciones en su contra, por supuestos nexos con el crimen organizado y el contrabando de combustible, y que todavía no han iniciado una investigación formal, de acuerdo con Proceso. Proceso consigna que él rechaza esos señalamientos. Ninguna fuente consultada aclara si Morena mandará su perfil a la comisión.
Qué sigue
Según el quinto transitorio, el INE debe emitir, junto con las cuatro instancias, unos lineamientos con plazos, criterios y procedimientos para recibir, analizar y entregar la información, y con las reglas de protección de datos. En las crónicas de la sesión no consta si ya están aprobados ni cuándo empezará la comisión a recibir listas.
El 28 de septiembre, Morena designó a siete coordinadores estatales, la figura con que define a quienes competirán por gubernaturas; ya había anunciado a los de Michoacán, Quintana Roo, Guerrero y Zacatecas, según El Financiero. Los comicios son el 6 de junio de 2027, con la renovación de la Cámara de Diputados y de 17 gubernaturas.
